La persona candidata debe informar inmediatamente a la EPSO para que se tomen las medidas necesarias con el fin de evitar cualquier tipo de conflicto de intereses.
¿Qué son las "oposiciones generales"?
Las instituciones de la UE seleccionan a los candidatos a la contratación permanente mediante oposiciones generales, en las que se realizan pruebas y ejercicios de evaluación para determinar sus aptitudes profesionales y una serie de competencias básicas. Teniendo en cuenta el gran número de candidatos, este es el procedimiento de selección más transparente y justo. Por consiguiente, no pueden tomarse en consideración las candidaturas espontáneas.
¿Qué es un "anuncio de oposición"?
Las instituciones de la UE seleccionan a los candidatos para contratos indefinidos mediante la organización de oposiciones generales. Cada una de estas oposiciones se comunica mediante un anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y la web de la EPSO. El anuncio de oposición recoge una descripción exhaustiva del perfil que se busca y los requisitos mínimos en materia de educación (a veces, también de experiencia laboral) y explica las pruebas y demás ejercicios realizados durante la oposición a fin de evaluar las capacidades profesionales y una serie de competencias básicas de los candidatos. Además, la convocatoria de oposición ofrece información e instrucciones para presentarse a la oposición general. En general, la convocatoria se publica el primer día del plazo de presentación de candidaturas.
Dado el gran número de candidatos que se presentan, la EPSO considera que es el método más justo y transparente para los procedimientos de selección. Por consiguiente, no pueden tenerse en cuenta las solicitudes espontáneas.
¿Qué es un «tribunal de oposición»?
Cada proceso de selección (oposición) de funcionarios y funcionarias permanentes de la UE tiene su propio tribunal de oposición. Cada tribunal está compuesto por funcionarios y funcionarias de las instituciones y órganos de la UE a los que presta servicio la EPSO, que se incorporan al tribunal con carácter voluntario, tras una convocatoria de manifestaciones de interés específica. Los miembros del tribunal son nombrados formalmente por su organización de origen. No deben tener ningún conflicto de intereses por lo que respecta a la oposición en cuestión para ser confirmados como miembros del tribunal.
Los miembros del tribunal son funcionarios y funcionarias de la UE nombrados por sus organizaciones de origen para participar en una oposición específica por sus conocimientos técnicos o lingüísticos, por ejemplo.
Los miembros designados del tribunal de oposición reciben formación sobre metodologías de selección y evaluación antes de asumir sus funciones y siguen recibiendo formación y orientaciones específicas del equipo de psicólogos de la EPSO durante las diferentes fases de la oposición en cuestión.
Los tribunales de oposición deciden sobre la dificultad de las pruebas de la oposición y aprueban su contenido, evalúan el cumplimiento por parte de las personas candidatas de los criterios específicos de admisión, comparan los méritos de estas personas y seleccionan a las mejores a la luz de los requisitos establecidos en la convocatoria de oposición. Las deliberaciones de los tribunales de oposición son secretas y su trabajo es facilitado por la EPSO.