¿Qué es un «tribunal de oposición»?
Cada proceso de selección (oposición) de funcionarios y funcionarias permanentes de la UE tiene su propio tribunal de oposición. Cada tribunal está compuesto por funcionarios y funcionarias de las instituciones y órganos de la UE a los que presta servicio la EPSO, que se incorporan al tribunal con carácter voluntario, tras una convocatoria de manifestaciones de interés específica. Los miembros del tribunal son nombrados formalmente por su organización de origen. No deben tener ningún conflicto de intereses por lo que respecta a la oposición en cuestión para ser confirmados como miembros del tribunal.
Los miembros del tribunal son funcionarios y funcionarias de la UE nombrados por sus organizaciones de origen para participar en una oposición específica por sus conocimientos técnicos o lingüísticos, por ejemplo.
Los miembros designados del tribunal de oposición reciben formación sobre metodologías de selección y evaluación antes de asumir sus funciones y siguen recibiendo formación y orientaciones específicas del equipo de psicólogos de la EPSO durante las diferentes fases de la oposición en cuestión.
Los tribunales de oposición deciden sobre la dificultad de las pruebas de la oposición y aprueban su contenido, evalúan el cumplimiento por parte de las personas candidatas de los criterios específicos de admisión, comparan los méritos de estas personas y seleccionan a las mejores a la luz de los requisitos establecidos en la convocatoria de oposición. Las deliberaciones de los tribunales de oposición son secretas y su trabajo es facilitado por la EPSO.