Tipos de reclamación
TIPOS DE RECLAMACIÓN | FASE DE LA OPOSICIÓN | ¿QUÉ SE PUEDE IMPUGNAR? | RESPONSABLE DE LA DECISIÓN QUE SE DESEA IMPUGNAR | PROCEDIMIENTO | ACTORES IMPLICADOS (¿QUIÉN INTERVIENE? | RESULTADO |
---|---|---|---|---|---|---|
NEUTRALIZACIÓN | Pruebas de opciones múltiples por ordenador | Contenido de las preguntas de las pruebas de opciones múltiples por ordenador | Tribunal de selección (aprueba el contenido de las pruebas) | La reclamación se enviará a la EPSO en un plazo de tres días naturales a partir de la fecha de realización de las pruebas. |
| En caso de neutralización de una pregunta, se reparten los puntos entre las preguntas restantes. |
SOLICITUD DE REVISIÓN | Admisión | Decisión de no admisión a la oposición | Tribunal de selección | La reclamación se enviará a la EPSO en un plazo de diez días naturales a partir de la fecha de publicación de la decisión en la cuenta EPSO de la persona candidata. | El tribunal de selección se encarga del proceso de revisión | En caso de readmisión, la persona candidata se reincorporará en la fase de la oposición en la que haya sido excluida. |
Pruebas | Decisión que establece los resultados de las pruebas | |||||
RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA (artículo 90, apartado 2) | Todas | Decisión que afecta negativamente a su situación jurídica como persona candidata | Tribunal de selección | Las reclamaciones administrativas se remitirán a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (el director de la EPSO) en un plazo de tres meses a partir de la notificación de la decisión que se desee impugnar. | El sector jurídico de la EPSO tramita la reclamación, en caso necesario en colaboración con el tribunal de selección u otros interesados | La decisión de un tribunal de selección no puede ser anulada ni modificada por la autoridad facultada para proceder a los nombramientos a raíz de una reclamación administrativa. No obstante, si el director de la EPSO detecta un error de procedimiento o un error manifiesto de apreciación, el asunto se devolverá al tribunal para su reevaluación. |
RECURSOS JUDICIALES | Todas | Decisión que afecta negativamente a su situación jurídica como persona candidata | Tribunal de selección o autoridad facultada para proceder a los nombramientos | El recurso debe enviarse al Tribunal General de la UE en un plazo de tres meses y diez días a partir de la notificación de la decisión que se desee impugnar. | El sector jurídico de la EPSO tramita el recurso en colaboración con el Servicio Jurídico de la Comisión | Una decisión recurrida puede ser anulada pero no modificada por el Tribunal General. |
RECLAMACIÓN ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO | Todas | Presunto caso de mala administración | No aplicable | La reclamación se enviará directamente al Defensor del Pueblo Europeo en un plazo de dos años a partir de la fecha en que el reclamante tuvo conocimiento de los hechos que la motivaron. | El sector jurídico de la EPSO tramita la reclamación en colaboración con los servicios del Defensor del Pueblo Europeo | El Defensor del Pueblo formula recomendaciones |
RECLAMACIÓN TÉCNICA | Todas | Error técnico | No aplicable | Véase el anuncio de la oposición | EPSO | Se informa al tribunal de selección de la decisión adoptada por la EPSO (por ejemplo, la repetición de las pruebas, etc.). |