FAQs
¿Cuál es la diferencia entre funcionarios permanentes, agentes temporales y agentes contractuales?
Las principales diferencias entre funcionarios permanentes, agentes temporales y agentes contractuales tienen que ver con:
- el tipo y duración del contrato,
- el proceso de selección
- y la naturaleza de las funciones desempeñadas.
Funcionarios permanentes
El personal permanente está integrado por miembros de la función pública de la UE nombrados por tiempo indefinido. Constituyen la plantilla básica y se seleccionan a través de oposiciones generales organizadas por la EPSO. Hay tres categorías de funcionarios permanentes de la UE: administradores (AD), asistentes (AST) y personal de secretaría y de oficina (AST/SC).
Agentes temporales
Los agentes temporales se contratan para puestos temporales o de duración determinada, a menudo para desempeñar tareas especializadas o funciones de dirección. Por lo general, los procesos de selección los organizan directamente las instituciones, órganos u organismos de la UE interesados en la contratación.
Agentes contractuales
Los agentes contractuales se contratan por una duración determinada para desempeñar tareas administrativas, técnicas, operativas o de apoyo o para proporcionar capacidad adicional en ámbitos especializados. Se les contrata en uno de cuatro grupos de funciones (GF I-IV), dependiendo de las cualificaciones requeridas y de las responsabilidades del puesto. La EPSO organiza los procesos de selección de personal contractual.
Las condiciones de admisión y de contratación y las oportunidades profesionales varían en función de la categoría de personal y del puesto.