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¿Cómo puedo permitir que la Administración de mi Estado miembro me ayude en la preparación del proceso de selección y contratación?

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Los candidatos a las oposiciones de EPSO pueden optar por que sus datos de contacto se comuniquen a las autoridades nacionales de su Estado miembro, para que estas puedan ofrecerles su apoyo y asistencia en el proceso de selección y contratación (a través de cursos de formación, sesiones informativas, publicaciones, etc.).

Los candidatos marcan si desean activar o no esta opción en la sección correspondiente del formulario electrónico de candidatura. El consentimiento solo es válido para la oposición de que se trate, por lo que debe renovarse en cada candidatura posterior.

Al contestar "Sí" en el apartado correspondiente del formulario de candidatura, los interesados otorgan su consentimiento inequívoco para que EPSO transmita a las autoridades nacionales del Estado miembro de la UE del que son ciudadanos los siguientes datos: nombre y apellidos, dirección de correo electrónico y referencia de la oposición. La finalidad de esta transmisión de datos es permitir que dichas autoridades se pongan en contacto con ellos para ofrecerles asistencia en el proceso de selección y contratación de la oposición a la que han presentado su candidatura.

La transmisión de datos personales a las autoridades nacionales se rige por el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 45/2001 y la Decisión n.º 1247/2002/CE, y en particular por sus artículos 7 y 9.

Al contestar "Sí" en el apartado correspondiente del formulario de candidatura, los interesados también otorgan su consentimiento inequívoco para que las autoridades nacionales del Estado miembro de la UE del que son ciudadanos traten los datos personales anteriormente mencionados, con el propósito de ofrecerles asistencia en el proceso de selección y contratación de la oposición a la que han presentado su candidatura. Las autoridades nacionales quedan autorizadas a tratar los datos de los interesados mientras estos participen en la oposición de que se trate, o hasta el cierre de la lista de reserva de la oposición si sus nombres figuran en ella, o hasta que retiren su consentimiento para el tratamiento de sus datos.

El tratamiento de los datos personales de los interesados por parte de las autoridades nacionales se rige por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).

Los interesados pueden retirar su consentimiento en todo momento, dirigiendo un escrito a ese fin a su Estado miembro. Ahora bien, si la retirada del consentimiento se produce después de que EPSO haya transmitido los datos al Estado miembro, solo se impedirá que las autoridades nacionales sigan procesándolos, sin afectar a la legalidad del tratamiento ya efectuado sobre la base del consentimiento previamente otorgado.

El consentimiento para que EPSO transmita a las autoridades nacionales los datos personales de los interesados no implica para estos obligación alguna de aceptar las ofertas de asistencia que puedan hacerles.

El consentimiento para que EPSO transmita los datos personales de los interesados a las autoridades nacionales no implica para estas obligación alguna de ponerse en contacto con ellos ni ofrecerles asistencia. Esta posibilidad queda totalmente a la discreción del Estado miembro de la UE del que los interesados sean ciudadanos.