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Política de reprogramación de pruebas debido a emergencias médicas o familiares

Las personas candidatas que no puedan presentarse a las pruebas en línea programadas debido a:

  • un problema médico, o
  • una emergencia que afecte a un pariente cercano,

podrán solicitar que se les convoque nuevamente a las pruebas en otra fecha presentando documentos justificativos válidos.

Se consideran emergencias relacionadas con la salud aquellas que suelen implicar afecciones, urgencias o incidentes médicos imprevistos e inevitables que causan un deterioro físico, cognitivo o psicológico repentino o significativo el día de las pruebas o alrededor de esa fecha, lo que hace que resulte imposible participar en ellas. 

A continuación figura una lista de las afecciones y emergencias médicas más comunes que pueden justificar la ausencia de las pruebas de la EPSO.

Casos médicos 

  • Enfermedades agudas graves (por ejemplo, fiebre alta provocada por infecciones víricas o bacterianas, gripe, COVID-19)
  • Gastroenteritis aguda 
  • Reacciones alérgicas graves o ataques de asma, problemas respiratorios 
  • Accidente cerebrovascular o infarto de miocardio, crisis hipertensiva
  • Vértigo o trastornos agudos del equilibrio
  • Ataques epilépticos, migrañas, ataques de pánico
  • Recuperación postoperatoria o inmovilización
  • Hospitalización por enfermedad repentina, accidente (lesión aguda) o intervención quirúrgica de urgencia
  • Complicaciones durante el embarazo (por ejemplo, parto prematuro, aborto espontáneo) 
  • Otras afecciones que requieran intervención médica urgente que incapaciten a la persona candidata

Conviene tener en cuenta que esta lista es de carácter indicativo y no es exhaustiva. Cada solicitud se evalúa caso por caso, y la EPSO puede solicitar aclaraciones o documentación médica adicionales en caso necesario.

Emergencias familiares

  • Emergencia médica grave que afecte a un pariente cercano y que requiera una hospitalización o una intervención médica urgente el día de las pruebas o el día inmediatamente anterior.
  • Hospitalización o ingreso en cuidados intensivos de un pariente cercano debido a una situación crítica el día de las pruebas o el día inmediatamente anterior.
  • Fallecimiento de un pariente cercano el día de las pruebas o el día inmediatamente anterior.
  • Funeral de un pariente cercano el día de las pruebas.

A efectos de estas disposiciones, por «pariente cercano» se entiende un ascendiente o descendiente hasta el segundo grado de consanguinidad (incluidos padres, hijos, abuelos y nietos), hermanos, un cónyuge o una pareja de hecho registrada.

Cómo presentar una solicitud de reprogramación

Las personas candidatas que no puedan presentarse a las pruebas deberán enviar los documentos justificativos a través del formulario de contacto lo antes posible antes de la fecha de las pruebas y a más tardar en el plazo de presentación de reclamaciones técnicas establecido en la convocatoria de oposición o la convocatoria de manifestaciones de interés.

En caso de que las personas candidatas no puedan facilitar los documentos justificativos en este plazo (por ejemplo, debido a un accidente o a una hospitalización), deberán presentarlos tan pronto como sea posible tras esa fecha. En tales casos, entre los documentos justificativos deberán figurar:

  •  la fecha de las pruebas 

                  y

  • el período comprendido entre el plazo de presentación de reclamaciones técnicas y la fecha en que se presentaron los documentos.

El certificado relativo a los problemas médicos deberá:

  • confirmar que la persona candidata ha sido examinada por un médico antes o el día de la(s) prueba(s) no presentada(s);
  • cubrir explícitamente la fecha de la(s) prueba(s). No se aceptarán certificados que abarquen un período impreciso;
  • indicar explícitamente que la persona candidata estaba incapacitada desde el punto de vista médico para realizar la(s) prueba(s) en la fecha prevista e indicar claramente el motivo de la incapacidad. No se aceptarán declaraciones vagas o certificados de baja por enfermedad que no hagan la referencia necesaria a la incapacidad de la persona candidata para realizar la prueba.

En caso de emergencia médica o fallecimiento de un pariente cercano, los documentos justificativos:

  • pueden consistir en un informe hospitalario, un certificado de defunción o cualquier documento oficial que confirme el suceso;
  • deben indicar claramente que el suceso se produjo en la fecha de la(s) prueba(s) o el día inmediatamente anterior a esta;
  • deben demostrar la relación jurídica de parentesco entre la persona candidata y la persona hospitalizada, enferma o fallecida.

Los documentos justificativos deberán expedirse en una de las 24 lenguas oficiales de la Unión Europea; en caso contrario, deberán ir acompañadas de una traducción a una de esas lenguas. 

La EPSO hará todo lo posible por confirmar por correo electrónico la aceptación de los documentos justificativos presentados antes de la fecha de la(s) prueba(s) lo antes posible. Sin embargo, si los documentos justificativos se presentan poco antes de la hora programada para las pruebas, no puede garantizarse una confirmación oportuna.

Las personas candidatas que participen en la(s) prueba(s) a pesar de haber presentado documentos justificativos se considerarán capacitadas para realizar la prueba. Por consiguiente, no se concederá ninguna reprogramación sobre la base de que la enfermedad u otra situación de emergencia pueda haber afectado a su rendimiento.

La EPSO es responsable de verificar la validez de todos los documentos presentados. El proceso de verificación incluye la comprobación del cumplimiento de todos los requisitos obligatorios de presentación especificados anteriormente

Si los documentos carecen de información clave, la EPSO podrá solicitar información adicional antes de adoptar una decisión definitiva.

Comunicación de las decisiones:

  • Una vez aprobadas, las solicitudes de reprogramación se registran y se informa a las personas candidatas de la próxima sesión de pruebas disponible a la que serán invitadas.
  • Si no se acepta la solicitud, se notificará a la persona motivando la decisión.


Realización de las pruebas tras una solicitud de reprogramación aprobada 

Además de la sesión principal de pruebas, la EPSO podrá ofrecer otras dos oportunidades de realizar las pruebas a las personas candidatas cuya solicitud de reprogramación, acompañada de la debida justificación, haya sido aprobada:

  • una sesión de contingencia, que suele celebrarse en un plazo de entre 3 y 4 semanas a partir de la sesión principal de pruebas en una fecha preprogramada; 
  • una sesión adicional de pruebas, destinada principalmente a las personas candidatas que se enfrenten a circunstancias excepcionales (por ejemplo, perturbaciones técnicas graves, embarazo cercano a la fecha del parto o incapacidad médica continua durante la sesión principal de pruebas y la sesión de contingencia).

    Las fechas de las sesiones adicionales de pruebas se programan en función de la disponibilidad operativa de la EPSO y de la disponibilidad del contenido de las pruebas. 
    La EPSO no está en condiciones de tener en cuenta la disponibilidad personal de las personas candidatas a la hora de programar una sesión adicional de pruebas, ya que la repetición de pruebas puede afectar a varias personas al mismo tiempo.

Las personas candidatas que no puedan presentarse a la sesión principal de pruebas y cuyo certificado médico o justificación de un suceso urgente se apruebe serán convocadas a la sesión de contingencia.

Las personas candidatas que no puedan presentarse ni a la sesión principal de pruebas ni a la sesión de contingencia debido a: 

  • solicitudes de reprogramación reiteradas y justificadas por razones médicas o de emergencia que abarquen ambas fechas 
    o
  • una afección médica justificada de larga duración que se extienda a ambas fechas.

serán convocadas a la sesión adicional de pruebas. La solicitud de reprogramación se registrará y se informará a la persona de la nueva fecha de las pruebas.

En caso de que una persona candidata no pueda participar en ninguna de las tres sesiones de pruebas ofrecidas (principal, de contingencia y adicional), se considerará que su participación en la oposición ha finalizado. 

La EPSO no está obligada a ofrecer más oportunidades de realizar las pruebas además de la sesión adicional de pruebas.

Para respetar los principios de proporcionalidad y buena administración, la EPSO debe encontrar el equilibrio adecuado entre la protección de los intereses de las personas candidatas afectadas por sucesos imprevistos (como una enfermedad o una emergencia), por una parte, y el interés del servicio de proporcionar personas candidatas seleccionadas a las instituciones de la UE de manera oportuna, así como las expectativas legítimas de las demás personas candidatas de ser seleccionados de manera justa, rápida y sin demora indebida, por otra. Por consiguiente, la EPSO debe establecer disposiciones que protejan adecuadamente los intereses de las personas candidatas afectadas por sucesos imprevistos sin causar retrasos ni perturbaciones desproporcionados en el calendario de la oposición.

La terminación de la participación en una oposición debido a la ausencia de las pruebas se entiende sin perjuicio de la participación de la persona candidata en otras oposiciones (simultáneas o futuras).


Privacidad de los datos y mantenimiento de registros

Todos los casos de solicitudes de reprogramación debido a una afección médica o a una emergencia familiar se documentarán, y la documentación se almacenará de forma segura, de conformidad con la normativa aplicable en materia de protección de datos. La información recogida se utilizará únicamente para tramitar las solicitudes de reprogramación y garantizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos. 

Todos los procedimientos se aplicarán en plena consonancia con los requisitos legales y reglamentarios pertinentes. Los datos personales de las personas candidatas se tratarán de conformidad con las declaraciones de privacidad de datos de la EPSO (DPR-EC-01159 y DPR.EC-30388), que describen los principios de protección de datos, los períodos de conservación y los derechos de los interesados aplicables.